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5 diciembre 2025
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Amnistía Internacional apoya a los #8deCaixaBank en las vísperas de su juicio en Guadalajara

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Como viene informando LA CRÓNICA, los próximos días 10 y 12 de febrero está previsto que tenga lugar el juicio contra los 8 activistas de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Guadalajara por una protesta en diciembre de 2017 en una sucursal de CaixaBank, en Cabanillas del Campo. Los implicados han anunciado que no acudirán a ninguna de las dos vistas.

Amnistía Internacional ha instado a la Fiscalía a que desista de la acusación por delito de resistencia y desobediencia grave contra estas ocho personas, y la organización se ha dirigido también a CaixaBank S.A. para que retire la acusación por coacciones, resistencia y ocupación, por constituir todos estos cargos una restricción excesiva y desproporcionada en el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica de las activistas.

La Fiscalía pide para cada uno de los acusados 10 meses de prisión por un delito de resistencia/desobediencia, y una multa de 600 euros por el delito de allanamiento, al entender que accedieron al local. La acusación particular ejercida por CaixaBank pide para cada activista dos años y medio de prisión por coacciones y ocho meses de prisión por resistencia a la autoridad, así como multa de 3.000 euros por ocupación de su sucursal y de 600 por allanamiento. En total, cada activista se enfrenta a una pena de prisión de tres años y dos meses, y 3.600 euros de multa (que, en caso de impago, puede sumar tiempo de prisión).

Según interpreta Amnistía Internacional, el delito de coacciones exige que, a través de la violencia o la intimidación, se afecte a la libertad de actuación de una persona, «pero a ninguno de los ocho activistas se les atribuye acciones violentas o intimidatorias». Asimismo, el delito de resistencia a la autoridad requiere un umbral mínimo de gravedad, «que la jurisprudencia del Tribunal Supremo identifica con forcejear y golpear a agentes policiales». En este caso, «la naturaleza pacífica de la actuación ha sido confirmada por los agentes de la Guardia Civil en sus declaraciones en fase de instrucción», insisten.

Con respecto al delito de ocupación de sedes jurídicas, Amnistía Internacional mostró preocupación ante su incorporación al Código Penal en 2015 y por el hecho de que no fuese eliminado con la reforma de diciembre de 2022. Este delito permite sancionar hechos realizados sin violencia y sin intimidación, si se produce “una perturbación relevante de la actividad normal” de la entidad. La excesiva amplitud en la definición de este delito puede interferir con el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica, dada la gran variedad de acciones de protesta que pueden tener impacto sobre la actividad normal de una entidad y terminar siendo objeto de persecución penal. A este respecto, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha señalado la necesidad de que tanto las autoridades como las entidades privadas y la sociedad en general acepten cierto grado de perturbación como consecuencia del ejercicio del derecho de reunión pacífica. 

Recuerdan desde Amnistía Internacional que la acción que ahora se juzga tuvo lugar tras reiteradas conversaciones con el Ayuntamiento de Cabanillas del Campo y con Caixabank, la cual, explican miembros de la PAH Guadalajara, se había comprometido verbalmente a no llevar a cabo los desahucios, e incluso propuso entregar las viviendas al Ayuntamiento para su gestión.

«Cuando estos intentos de negociación fracasaron, la PAH emprendió una campaña para intentar retrasar la celebración del juicio de desahucio contra Paola, que se había fijado en diciembre de 2017, y poder continuar con las negociaciones. Fue con este objetivo que miembros de la PAH accedieron a la oficina de Caixabank en Cabanillas del Campo el 5 de diciembre», se recuerda.

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