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11 febrero 2026
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El Deportivo Guadalajara recibe el mejor trato posible del Ayuntamiento: de 78.000 a sólo 600 euros de multa por el lío de la tribuna frente al Barcelona

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El Ayuntamiento de Guadalajara ya ha notificado al Club Deportivo Guadalajara una propuesta de sanción de 600 euros por la instalación de varias gradas supletorias sin la licencia municipal necesaria para el partido frente al FC Barcelona de la Copa del Rey.

Así lo ha confirmado el concejal de Urbanismo y segundo teniente de alcalde, Alfonso Esteban, durante una comparecencia con al alcaldesa de Guadalajara para tratar temas urbanísticos, encuentro en el que a preguntas de los periodistas ha subrayado que se trata de un informe técnico-jurídico de propuesta y no de una resolución firme, ya que todavía el club puede presentar nuevas alegaciones.

«Lo que hay ahora mismo es un informe de propuesta de sanción de 600 euros por una falta que se ha determinado que es leve, porque ha habido atenuantes», ha explicado Esteban.

Inicialmente, la infracción había sido calificada como grave, pero el desmontaje de la estructura objeto del expediente y la valoración de las alegaciones presentadas han motivado su rebaja a leve.

El edil ha insistido en que el procedimiento administrativo sigue su curso y que todavía no se ha dictado el decreto definitivo.

El club dispone de un plazo de 15 días desde la notificación para formular nuevas alegaciones.

En caso de no presentarse, la sanción «quedará previsiblemente fijada en 600 euros», la cuantía mínima prevista para este tipo de infracciones.

Esteban ha defendido el «rigor administrativo» frente al «sensacionalismo» y ha recordado que «las cosas tienen que acabar para poder decir exactamente lo que ha ocurrido», apelando a respetar los tiempos y garantías del procedimiento legal.

Gran alarma

Lo cierto es que tras el partido el Ayuntamiento de Guadalajara inicó un procedimiento sancionador grave contra el Club Deportivo Guadalajara por la instalación de tres módulos de gradas supletorias en el estadio Pedro Escartín sin contar con la preceptiva licencia municipal.

Los actos eran constitutivos de una infracción urbanística calificada como grave y sancionada con una multa de 6.001 a 150.000 euros según se determinase en la instrucción, según el planteamiento inicial.

Los actos realizados se entendía eran constitutivos de una infracción urbanística prevista en el artículo 165 de Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (TRLOTAU), calificada como grave y sancionada con una multa de 6.001 a 150.000 según se determinara en la instrucción.

En concreto, el decreto señalaba al interesado que le correspondería una sanción de 78.000 euros correspondiente al grado medio. Ahora se accede a dejarlo resuelto con apenas 600 euros.