La historia ha tenido alcance nacional: el alcalde (socialista) de un pequeño pueblo de Guadalajara no cumple la ley, ya que no se ocupa de que la enseña nacional ondee en la casa consistorial del pueblo.
De lo que está ocurriendo en Gualda y con su alcalde ya ha dado cumplida cuenta LA CRÓNICA en una anterior informaciòn. Pero hay más.
Según se ha conocido este domingo, el PP hará uso de su mayoría absoluta en el Senado para iniciar en la semana que ahora comienza la tramitación de una proposición de ley de «defensa y protección» de los símbolos nacionales –como la bandera de España, el escudo de la Casa Real y la imagen del Rey–, que incluye un régimen sancionador para cargos públicos con prohibiciones de nombramiento de hasta cuatro años.
A partir de ahí, la proposición de ley pasará al Congreso, que decidirá si sigue adelante con la tramitación de la norma o finalmente la rechaza.
Los ‘populares’ se quejan de que no existe una referencia concreta a la defensa y protección de las banderas, escudos e himnos de España, sus comunidades y entidades locales, más allá de la regulación del delito de ultraje que está en el Código Penal.
Por ello, sostienen que esta proposición de ley «viene a llenar ese vacío normativo», regulando las obligaciones de defensa y protección de los símbolos oficiales de España. La norma consta de once artículos, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales, estructurándose en tres capítulos.
¿Qué dice la ley?
A los efectos de la ley del PP, tienen consideración de símbolos oficiales: la bandera, el escudo y el himno de España; la bandera, el escudo y el himno de las comunidades autónomas; la bandera, el escudo, el estandarte y el emblema de las entidades locales; así como el escudo y estandarte de la Casa Real y la imagen del Rey.
El PP insiste en que estos símbolos habrán de ser exhibidos en sus ámbitos territoriales a excepción únicamente de la colocación ocasional de otros símbolos como relación de cortesía con otros Estados o comunidades con ocasión de visitas oficiales.
Como es una norma administrativa y teniendo en cuenta su ámbito personal de aplicación, la protección de los símbolos se «circunscribe» al espacio físico y los edificios y locales de titularidad de cada administración pública.
Las obligaciones de defensa y protección serán exigibles a los altos cargos, con un régimen sancionador con diferentes grados.
Las infracciones graves serán sancionadas con la no percepción de la indemnización por cese en el cargo, mientras que a las muy graves se le añade que los cargos públicos o autoridades no pueden ser nombrados como tal durante un período de cuatro años.
El caso de Gualda
Precisamente, esta semana la negativa del alcalde de Gualda, Mariano Bravo (PSOE), a colocar la bandera de España en el Ayuntamiento ha terminado provocando la intervención de la Subdelegación del Gobierno, después de que un vecino del municipio presentara una denuncia formal por el incumplimiento de la normativa vigente.
Según recuerda la comunicación oficial emitida por la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, la ausencia de la bandera nacional en el edificio consistorial vulnera lo establecido en la Ley 39/1981, que obliga a todas las administraciones públicas a exhibir la enseña de España en sus dependencias.
En su respuesta al denunciante, la administración estatal es clara y contundente: «Esta Subdelegación del Gobierno adoptará las medidas oportunas para asegurarse de que se cumpla la normativa vigente», confirmando así que actuará para corregir la situación en el Ayuntamiento de Gualda.
En todo caso, fuentes de la misma consultadas por Europa Press para LA CRÓNICA han precisado que se trata de recordar al alcalde que tiene que «cumplir la normativa», aunque no se establecen plazos para ello.

