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19 abril 2024
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El sueldo de los funcionarios de la Junta, pendiente de un acuerdo con el Estado

Hay discrepancias en relación con un artículo y una disposición final de la Ley de Presupuestos, que afectan a la normativa relativa al sueldo de los funcionarios autonómicos.

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La Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha aprobado iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con un artículo y una disposición final de la Ley de Presupuestos que afectan a normativa relativa al sueldo de los funcionarios autonómicos.

Según se desprende del Diario Oficial de Castilla-La Mancha en su edición de este martes, las diferencias se encuentran en el apartado 1 del artículo 41; así como en el apartado 1 de la disposición adicional undécima.

Concretamente, el artículo 41.1 se refiere a la norma específica sobre retribuciones del personal laboral. Así, se explica que desde el 1 de enero de 2020, la masa salarial del personal laboral experimentará, en su caso, el incremento que establezca la normativa básica del Estado con respecto a la vigente a 31 de diciembre de 2019 y estará integrada por el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales y los gastos de acción social devengados por dicho personal.

Se exceptúan las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, las cotizaciones al sistema de la Seguridad Social a cargo del empleador, las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos y las indemnizaciones o suplidos por gastos que hubiera realizado el trabajador, según la norma aprobada en diciembre de 2019.

El apartado 1 de la disposición adicional undécima que estudiarán ambos gobiernos indica expresamente que en ningún caso el personal empleado público de la Administración de la Junta percibirá unas retribuciones íntegras, imputables a cada mes, inferiores a 1.274,48 euros.