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26 abril 2024
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Aprobado Plan de Inspección de Consumo de C-LM para 2021, que refuerza colaboración entre Junta y corporaciones locales

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TOLEDO, 17 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Desarrollo Sostenible ha aprobado el Plan de Inspección de Consumo y Control de Mercado de Castilla-La Mancha para el año 2021, que reforzará la coordinación del Gobierno regional con las corporaciones locales que hayan asumido estas competencias.

Según publica este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press, las actuaciones de vigilancia de mercado en el ámbito de consumo se llevarán a cabo por la inspección de consumo tanto de la Junta de Comunidades como de las corporaciones locales que tengan asumidas competencias en materia de inspección.

Las funciones de este personal inspector serán las de vigilar, verificar y constatar el cumplimiento de la normativa que pueda afectar a los derechos de las personas consumidoras en la comercialización de bienes, productos y prestación de servicios; investigar y comprobar los hechos de los que tenga conocimiento la administración competente en materia de consumo de presuntas infracciones o irregularidades en materia de defensa de la persona consumidora; y realizar la vigilancia de mercado de productos y servicios.

Por otro lado, la Inspección de Consumo también podrá comprobar la perfección y ejecución de contratos entre personas consumidoras y empresas cuando estos puedan dar lugar a ejecución de potestades administrativas, independientemente del medio a través del que se realicen las ofertas de contratación y los contratos mismos.

Este Plan de Inspección de Consumo y Control de Mercado incluye campañas Nacionales, que son acordadas por la Comisión de Cooperación de Consumo de la Conferencia Sectorial de Consumo, organismo en el que están representadas todas las comunidades autónomas y la Administración General del Estado; campañas autonómicas, que son propuestas y desarrolladas por la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo; y campañas de la Unión Europea, en cumplimiento del Reglamento 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos, los países miembros deben realizar actuaciones programadas de modo conjunto en todo el territorio de la Unión.

Al margen de la actuación programada también se ha incluido en el plan las actuaciones no programadas, porque a pesar de su carácter imprevisto, consumen medios y recursos de esta Administración, se deben coordinar con otras administraciones y se desarrollan también sobre los operadores económicos del mercado de la región.