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2 octubre 2024
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La Fiscalía no quiere que se condene al exjefe de los GEO ni al jefe operativo

Durante el martes y el viernes se ha juzgado a ambos mandos policiales de los GEO por acoso laboral a un subordinado de este grupo de operativo. El juicio ha quedado visto para sentencia.

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La Fiscalía ha elevado a definitiva su petición de absolución del actual jefe de la Policía Nacional de Castilla-La Mancha y exjefe del Grupo Especial de Operaciones (GEO) de este cuerpo, Félix Antolín. El planteamiento es el mismo para el jefe operativo de este cuerpo de élite, Andrés Calvo, que también se tuvo que sentar el martes y ha vuelto a hacerlo este viernes en el banquillo en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Guadalajara.

En las dos jornadas se ha juzgado a ambos mandos policiales por acoso laboral a un subordinado de este grupo de operativo. El juicio ha quedado visto para sentencia.

La defensa de los acusados también ha mantenido la petición de absolución ante la querella interpuesta en 2015 por el entonces subinspector del GEO, B.G. Mendoza, en la que acusaba a ambos mandos de acoso laboral y solicitaba para cada uno de ellos una pena de dos años de cárcel.

Tanto Antolín como el segundo mando en la unidad de élite fueron denunciados en el año 2015 por el que fuera subordinado del cuerpo nacional de la Policía al entender que se le había apartado de todas y cada una de sus funciones inherentes a su puesto de trabajo y que estaba sufriendo una situación «humillante y discriminatoria».

«No hubo una grave situación de acoso laboral»

La Fiscalía se reafirma en la petición de absolución al entender que para dictar una sentencia condenatoria se tendrían que haber producido actos hostiles humillantes reiterados en el tiempo en el ámbito de la relación laboral y una grave situación de acoso laboral que «no se ha dado». Asimismo, considera que el hecho de que Mendoza no participara en determinados cursos o actividades solo era la consecuencia de la pérdida de confianza por distintas razones.

La fiscal jefe, Rocío Rojo, no cree que se haya vulnerado el artículo 15 de la Constitución que protege la integridad moral. Ha señalado que los posibles errores que se hubieran podido cometer en el expediente abierto en su momento contra el querellante ya habían quedado reparados en el contencioso-administrativo previo a esta vista.

De su lado, la defensa de los querellados ha señalado que los hechos que han servido de base a la querella interpuesta no han sido probados «o son apreciaciones subjetivas», y ha pedido para ambos una sentencia absolutoria.

Según el letrado que representan a Antolín y Calvo, el querellante no sufrió ningún trato vejatorio ni discriminatorio y ha añadido que a lo largo del juicio habría quedado acreditado que Mendoza siguió realizando las tareas en las que no resultaba imprescindible la absoluta confianza de los superiores, «lógico en una unidad que realiza tareas extremadamente delicadas y de riesgo».

Con todo esto, ha insistido que la versión del querellante no se sostiene y cree que el «enrocamiento» de Mendoza debe contextualizarse en un desencuentro profesional y en una pérdida de confianza pero que no reviste la gravedad que reclama el Código Penal.

Por su parte, la letrada que representa a Mendoza ha ratificado su petición de pena de dos años de prisión para cada uno de los altos mandos policiales, entendiendo que a su cliente «se le ha castigado por pensar».

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