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12 abril 2024
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¿Te interesa la «Marca Castilla-La Mancha»? Conoce aquí todos los detalles para usarla

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha publicado un decreto por el que regula el derecho de uso y crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha.

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Según publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), esta marca podrá ser usada por las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme al ordenamiento jurídico español y desarrollen una actividad económica en el territorio de la región, así como entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica alguna pero tengan su domicilio social radicado en territorio regional.

Este decreto entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Para poder acceder a este registro, deberán cumplir requisitos como encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y que su actividad económica sea coincidente con alguno de los productos y servicios que incorpora la Marca Castilla-La Mancha. Del mismo modo, el uso de la marca deberá realizarse conforme a un manual de uso diseñado a tal efecto.

Condiciones para el uso de la marca

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha creado la Marca “Castilla-La Mancha”, como marca colectiva, «con el fin de promocionar los productos, entidades y actividades de la región, que conforman nuestra propia identidad, además de difundir los valores universales de justicia, libertad y solidaridad, que la propia Marca simboliza».

Actualmente, se encuentra disponible el Manual de Uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, en el portal web del Gobierno de Castilla-La Mancha, donde se incluyen las características técnicas y gráficas a las que deberá ajustarse su reproducción.

Son requisitos de los usuarios, los siguientes:

a) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones públicas.

b) Que la actividad económica desarrollada en el territorio de Castilla-La Mancha e incluida, tanto en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09), como en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas, sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha”.

c) En el caso de entidades sin ánimo de lucro que carezcan de actividad económica, tener el domicilio social radicado en el territorio de Castilla-La Mancha y realizar una actividad que sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha”. Sólo podrá hacerse un uso corporativo y/o publicitario, de la Marca “Castilla-La Mancha”, según la actividad principal desarrollada. Para ello, el usuario deberá cumplir todas las exigencias establecidas por la normativa que resulte de aplicación a la entidad, persona física o jurídica, establecimiento y actividad, en cuestión. La reproducción deberá ajustarse con exactitud a las características técnicas y gráficas contempladas en el correspondiente Manual de Uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, que esté en vigor en cada momento.

Uso sin descrédito

Se destaca que «en ningún caso, la Marca “Castilla-La Mancha” será utilizada de manera que pueda causar descrédito o inducir a error, sobre las características del establecimiento, actividad, origen y/o calidad del producto relacionado».

El derecho a utilizar la Marca “Castilla-La Mancha” se mantendrá en tanto la persona o entidad interesada no cause baja voluntaria en el Registro Regional, se implante un nuevo tipo o modelo de marca sustitutiva de la anterior, o, producido el uso indebido o ilícito de la misma, se prohíba su uso por la Dirección General competente en materia de turismo.

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