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17 abril 2024
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Te pagan casi 11.000 euros para que te compres casa en 279 pueblos de Guadalajara

La vivienda que se acoja a la ayuda debe tener un precio igual o inferior a 100.000 euros, sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición. Y lo que es más importante: servir como residencia habitual.

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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este lunes la convocatoria de ayudas para la adquisición de vivienda habitual en la región, que podrán ascender hasta a 10.800 euros.

Según la convocatoria, podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos que en el momento de solicitar la ayuda sean mayores de edad y menores de 35 años.

Las viviendas susceptibles de ser compradas con estas ayudas deberán estar en municipios de menos de 5.000 habitantes, que son la inmensa mayoría en la provincia de Guadalajara. Tanto es así que de los 287 municipios guadalajareños, apenas son 8 los que actualmente superan en su censo actualizado los 5.000 vecinos: Alovera, Azuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, El Casar, Marchamalo, Torrejón del Rey, Villanueva de la Torre y la propia capital de la provincia.

De este modo, las ayudas pueden aplicarse a viviendas de localidades tan urbanizadas (pero con tan poco empadronados aún) como Yebes, Pioz, Uceda o Yunquera de Henares. También incluye a ciudades como Molina de Aragón y Sigüenza, que se han ido despoblando en los últimos lustros.

No más de 100.000 euros el precio

La vivienda que se acoja a la ayuda debe tener un precio igual o inferior a 100.000 euros,  sin los gastos y tributos inherentes a la adquisición. Y lo que es más importante: servir como residencia habitual.

El plazo de cinco años de permanencia podrá ser inferior cuando sobrevengan cambios de domicilio por razones laborales o cuando se enajene la vivienda, reinvirtiendo el total del importe obtenido con la enajenación en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente que se adecue a las nuevas circunstancias familiares del beneficiario.

A tal efecto se solicitará autorización de venta en la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento de la provincia donde se ubique la vivienda.

Ingresos limitados

Los beneficiarios no podrán tener ingresos iguales o inferiores a tres veces el Iprem (14 pagas) en vigor durante el periodo al que se refieran los ingresos a evaluar, umbral que se eleva a cuatro veces si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad; y a cinco veces cuando se trate de familias numerosas de categoría especial.

Para hacer frente a estas ayudas se ponen en marcha 1.058.000 euros. En el supuesto de adquisición de la propiedad de una vivienda por más de una persona, el importe de la ayuda que pudiera recibir cada adquiriente se determinará aplicando al importe de la ayuda que correspondería a la adquisición del 100 % de la vivienda el porcentaje de cuota adquirida.