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5 mayo 2024
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El carnet de familia numerosa será más fácil de conseguir en Castilla-La Mancha

Las solicitudes se podrán tramitar tanto en las delegaciones provinciales de la Consejería de Bienestar Social, así como por vía telemática, con un plazo de resolución de un mes.

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el Decreto que simplifica y agiliza los trámites para obtener, renovar o extinguir el Título de Familia Numerosa y regula los procedimientos de reconocimiento o pérdida de esta condición.

Así lo ha puesto de manifiesto la consejera de Bienestar Social, Aurelia Sánchez, quien ha expresado la necesidad de “actualizar y simplificar los trámites y la normativa vigente desde hace 10 años, así como incorporar nuevos modelos de relaciones familiares para el acceso mantenimiento de los títulos”.

En este contexto, la titular de Bienestar Social, ha indicado que “en la actualidad son 36.631 las familias que disponen el Titulo de Familia Numerosa en la región y 163.841 las personas que se podrán beneficiar en total”.

Menos «papeles»

Con la aprobación de esta nueva normativa, Aurelia Sánchez ha señalado que se introducen diferentes novedades como la reducción de la documentación exigida para la solicitud y renovación de los títulos; además, las solicitudes se podrán tramitar tanto en las delegaciones provinciales de la Consejería de Bienestar Social, así como por vía telemática, con un plazo de resolución de un mes.

Por otro lado, no será necesario renovar el Título de Familia Numerosa cuando alguno de los hijos cumpla 14 años, y se suprime la obligación del consentimiento escrito del progenitor que mantiene la custodia de los hijos, en el caso de que el otro progenitor solicite el título, por cumplir las condiciones de acceso. En caso de que ambos cumplieran las condiciones para solicitar el título, prevalecerá el criterio de convivencia.

¿Y en caso de custodia compartida?

Además, se reconocen las situaciones de custodia compartida, ya que cuando los dos progenitores lo soliciten, podrán obtener el título los dos de forma alternativa por periodos anuales, si cumplen los requisitos, y se adapta a las dinámicas familiares actuales, separaciones, o divorcios, permitiendo facilitar y mejorar la protección de éstas.

Por otra parte, en el Decreto se establece mantener la vigencia y categoría del Título de Familia Numerosa hasta que el último de los hijos siga cumpliendo los requisitos, y se suprime la obligación de renovar al cumplimiento de los 26 años de los hijos, ya que la administración renovará de oficio, en estos casos.