InicioViajes¿Te puedes ir de vacaciones estando de baja laboral?

¿Te puedes ir de vacaciones estando de baja laboral?

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En pleno mes de agosto, y coincidiendo con el ecuador del éxodo vacacional, ha sido CCOO quien ha recordado que la situación de IT no impide al trabajador hacer vida normal o desarrollar actividades compatibles con el tratamiento médico, siempre que eso no perjudique o retrase su curación. Según resaltan desde el sindicato, eso incluye los viajes.

En nota de prensa, señalan que la jurisprudencia española ha evolucionado desde una postura muy restrictiva hacia una más matizada. El criterio actual, consolidado por el Tribunal Supremo y seguido por los Tribunales Superiores de Justicia, establece que no toda actividad lúdica o desplazamiento es sancionable.

Para que un viaje sea causa de despido o sanción debe concurrir alguna de estas dos circunstancias: Que la actividad o el esfuerzo realizado durante el desplazamiento ponga en evidencia que se pueden desempeñar las tareas habituales del puesto de trabajo o que el desplazamiento o las actividades realizadas durante el mismo sean contraproducentes para la recuperación.

CCOO recuerda que es necesario contar con un informe o autorización médica. Es imprescindible contar con el criterio formal del médico confirmando que el viaje no perjudica el tratamiento ni la recuperación. Es aconsejable revisar el convenio colectivo y comprobar si éste exige comunicar ausencias o solicitar volantes previos para no perder los complementos salariales.

Por último, señala que hay que atender a las citaciones médicas porque acudir a los reconocimientos es obligatorio. Para determinar la licitud de un viaje en situación de baja, debemos atender a la «teoría» del caso» basada en la patología específica. De este modo, si la baja es por depresión o ansiedad, un viaje puede ser incluso recomendado facultativamente como terapia. En caso de que sea por patologías traumatológicas (fracturas, lumbalgias) los desplazamientos largos o actividades físicas durante el viaje suelen ser considerados causa de despido procedente.

Si se acredita que el viaje ha sido incompatible con la baja, las consecuencias pueden ir desde la pérdida de complementos salariales al despido disciplinario al margen de sanciones de la Seguridad Social que puede suspender el subsidio si se comprueba que el beneficiario trabaja o realiza actividades que perjudican su salud.

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