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12 abril 2024
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Ante el juez por provocar un aborto en un accidente de tráfico

Lo que parecía inicialmente un accidente de tráfico como tantos otros, ha tenido consecuencias inesperadas. Tras una colisión en Mohernando, uno de los conductores implicados debe responder por dos supuestos delitos: uno, de aborto por imprudencia grave; el segundo, de lesiones por imprudencia grave con vehículo a motor.

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Un caso totalmente inusual es el que se ha desarrollado en las últimas semanas en la provincia de Guadalajara. Lo que parecía inicialmente un accidente de tráfico como tantos otros, ha tenido consecuencias inesperadas.

La Guardia Civil ha puesto ante el juez a un conductor, como presunto autor de dos delitos: uno, de aborto por imprudencia grave; el segundo, de lesiones por imprudencia grave con vehículo a motor.

Todo empezó hace ya más de un mes. El 6 de noviembre, sábado, se registraba un accidente de circulación en el kilómetro 17,250 de la carretera CM-101, a la altura de Mohernando, con dos vehículos implicados en un choque prácticamente frontal.

El impacto tuvo como resultado cinco personas heridas de diversa consideración y cuantiosos daños, tanto en los dos coches implicados como en la carretera.

Aquel día, el equipo de Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Guadalajara ya atribuyó la supuesta responsabilidad del siniestro vial por imprudencia grave a uno de los conductores implicados.

La situación de agravó más tarde, cuando desde el Hospital de Guadalajara se remitieron los correspondientes partes de lesiones, requeridos por el juez. Fue entonces cuando se supo que una de las ocupantes de uno de los turismos siniestrados estaba embarazada y que, debido a las lesiones por el impacto, se produjo la muerte del feto.

A partir de ahí, la Guardia Civil instruyó diligencias y puso a disposición judicial al conductor, en calidad de investigado.

Puede llegar a pena de prisión

Los delitos a los que hace frente esta persona son el de aborto por imprudencia grave, tipificado en el Código Penal en su artículo 146, y un delito de lesiones por imprudencia grave con vehículo a motor, tipificado en el Código Penal en el artículo 152, apartado 1.

Para el primero de los supuestos, la legislación española establece que «el que por imprudencia grave ocasionare un aborto será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses». Para el segundo de los supuestos delitos, «de tres a seis meses o multa de seis a dieciocho meses», según queda reflejado en el Código Penal.

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