Un Decreto de la Consejería de Desarrollo Sostenible ha aprobado el Plan de recuperación de la alondra ricotí (Chersophilus duponti). Además, se han declarado como zonas sensibles las áreas críticas para la supervivencia de esta especie en Castilla-La Mancha. Igualmente, se incluye como en peligro de extinción en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas.
Según el texto, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) este jueves, la alondra ricotí, (también conocida como de Dupont) es un pequeño paseriforme que pertenece a la familia Alaudidae. Su longitud es de 18 centímetros y tiene un peso de unos 36-40 gramos.
Como otras alondras su plumaje es de tonos ocres y grisáceos y con finas listas negras. Tiene un pico curvado y largo que llega en los machos a superar los 2 centímetros de longitud. Muestra un comportamiento muy esquivo, ocultándose frecuentemente entre el matorral bajo y desplazándose andando por el suelo.
Sólo al amanecer se muestra más activa, realizando vuelos de canto muy característico y monótono, muy diferente a otras alondras, al que hace referencia su nombre onomatopéyico ‘ricotí’. Vive en medios esteparios de zonas llanas, desde el nivel del mar hasta los 1.400 metros de altitud. Además, ocupa una gran diversidad de formaciones vegetales arbustivas. Requiere de matorrales de bajo porte (20-40 centímetros) que le aportan sustrato de nidificación y refugio ante posibles depredadores.
La distribución de la especie en España se ha dividido en cinco grandes regiones: Zamora, Sistema Ibérico, Valle del Ebro, Meseta Sur y Sur. Así, se ha extinguido en la región denominada Centro-Norte (Meseta Norte). Dentro de cada una de estas áreas, muestra un patrón general de distribución muy fragmentado.
Existe un núcleo principal en el interior peninsular y un pequeño grupo de zonas marginales dispuestas en su entorno. Además, estas zonas están sujetas a un alto grado de aislamiento geográfico. El área de distribución en Castilla-La Mancha está dividida en dos sectores. Uno es relativamente continúo en la franja norte de Guadalajara y forma parte del gran núcleo del área de distribución en España.
El otro se sitúa al sur, formado por cinco poblaciones en Cuenca y una en Albacete y distribuidas de manera dispersa y aislada. La especie parece haber desaparecido recientemente en las provincias de Toledo y Ciudad Real. Las últimas estimaciones de la población regional ofrecen un total de 544 machos. La mayor parte de ellos se encuentra en la provincia de Guadalajara (487), seguida de Cuenca (54). Finalmente, resulta muy escasa en Albacete (únicamente tres machos).
La población de Castilla-La Mancha es la tercera en importancia a nivel nacional (19,3% de la población total). Guadalajara es también la tercera provincia en número de machos en España. Las poblaciones de alondra ricotí han experimentado un declive generalizado durante los últimos años.
La estimación más reciente de 3.116 machos a nivel nacional supone un descenso del 4,6% respecto a los 3.267 machos territoriales estimados durante el II Censo Nacional. Esto se traduce en un descenso anual del 0,31%.
REDUCCIÓN DE LA POBLACIÓN
La principal amenaza para la alondra ricotí en España y Castilla-La Mancha es la reducción y fragmentación de la población. Esto está motivado a su vez por la reducción y fragmentación de las estepas naturales de matorral.
Se trata de un problema de disminución en cuanto a calidad y cantidad del hábitat disponible para la especie. Además, esta pérdida de calidad del hábitat está relacionada con los cambios sufridos a diferentes escalas del paisaje rural motivados por la pérdida de los usos agrarios y ganaderos tradicionales. En ocasiones, estos cambios han sido potenciados por políticas como la PAC y en menor medida por el desarrollo de algunas infraestructuras.
El objeto de este decreto es aprobar el plan de recuperación de la especie en Castilla-La Mancha. Además, busca determinar las áreas críticas para la supervivencia de la especie y actualizar su catalogación en el catálogo Regional de especies amenazadas acorde a su grado de amenaza.
El decreto se estructura en seis artículos, tres disposiciones adicionales, cinco disposiciones finales y el anexo que contiene el texto del plan y la delimitación de las áreas críticas. A su vez, se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

