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28 abril 2024
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Un asesinato «alevoso» pero sin violencia de género, según el jurado popular del crimen de Alovera

Este ha sido el veredicto del jurado en el juicio, por el asesinato de Nicoleta en Alovera en 2021, tras las cinco sesiones celebradas en la Audiencia Provincial de Guadalajara.

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El jurado popular ha declarado a Álvaro M.C. culpable de asesinar con alevosía y con el agravante de parentesco a su esposa esposa, Nicoleta C.G en mayo de 2021, tras una discusión de la pareja en la que él le propinó 10 puñaladas. Los nueve miembros del jurado no han apreciado ni la atenuante de arrebato ni la de confesión; tampoco han considerado el agravante de violencia de género para el autor confeso del crimen, aunque sí el de parentesco.

Este ha sido el veredicto del jurado en el juicio, tras las cinco sesiones celebradas en la Audiencia Provincial de Guadalajara. Tras el veredicto, se ha concedido a las partes la presentación de sus respectivos informes sobre peticiones de pena. El Ministerio Fiscal se ha ratificado en su petición de 25 años de cárcel para el acusado, la misma pena que ha solicitado la acusación particular, por entender que está en el rango que correspondía.

Por su parte, la defensa, que pedía inicialmente 15 años por un delito de homicidio, visto el dictamen del jurado, ha entendido que no caben los 25 años de prisión solicitados por las acusaciones para A.M.C, ya que no se ha contemplado el agravante de género y ha modificado su petición de pena para el autor confeso hasta los 17 años y seis meses de cárcel, entendiendo que así está «más ajustada a derecho».

El jurado ha entendido, además, que el acusado dio alcance a la víctima de forma sorpresiva, y que con ánimo de causarle la muerte le asestó hasta 10 puñaladas sin que ella tuviera posibilidad de huir ni de repeler a su esposo, aprovechándose de que ella se encontraba en un pasillo estrecho.

También ha entendido que no hay nada que haga pensar que hubo forcejeo o lucha entre ellos como tampoco que el autor confeso estuviera en estado de exaltación y sin control, basándose para ello en que tras apuñalarla, llamó a su hermana, a su sobrino y al Servicio de Emergencias 112 para comunicar lo que había hecho.

Igualmente, los miembros del jurado no han estimado que el detenido, en prisión provisional en la actualidad, tuviera sus facultades mentales alteradas puesto que respondía de forma normal a las preguntas que luego se le formularon.

El jurado considera, igualmente, que no procede aplicar al Álvaro M.C. los beneficios de la revisión condicional de la pena ni plantear la petición al Gobierno de indulto. El juicio ha quedado visto para sentencia.


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