17 C
Guadalajara
25 abril 2024
InicioSucesosEl machismo puro y duro se sienta en el banquillo este lunes

El machismo puro y duro se sienta en el banquillo este lunes

Quien tenga alguna dificultad en definir qué es un comportamiento machista tiene dos opciones: o acudir este lunes al Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete o leer con detenimiento esta noticia.

-

Quien tenga alguna dificultad en definir qué es un comportamiento machista tiene dos opciones: o acudir este lunes al Juzgado de lo Penal número 2 de Albacete o leer con detenimiento esta noticia. Lo que se relata es espeluznante, de puro reconocible. Este 19 de octubre se juzga en esa ciudad manchega a A.F.L. y a su padre J.F.F. El primero de ellos está acusado de golpear y amenazar a la que fuese su esposa. Tras la separación de la pareja, continuó amenazándola, contando para ello con el apoyo de su padre.

Según el escrito de la Fiscalía, la pareja, A.F.L. y M.D.G.S., tenían en común tres hijos de 13, 10 y 3 años, lo cual no fue un impedimento para que el acusado tuviese un comportamiento despectivo hacia la mujer, a la que consideraba un ser inferior al hombre. Mostró un carácter irascible, violento y agresivo durante años.

Violencia física, psicológica y verbal

El acusado le dedicaba a su pareja comentarios despectivos y violentos e incluso la amenazó con quitarle a sus hijos y matarla tanto a ella como a sus padres, además de propinarle golpes y puñetazos en varias ocasiones incluso cuando estaba embarazada de su primer hijo.

Uno de los momentos que se recoge en el escrito ocurrió en la Navidad del año 2015. Cuando el acusado se encontraba en casa de sus suegros, comenzó a amenazar a su pareja y el padre de ésta, esgrimiendo una navaja que llevaba consigo al tiempo que les decía: «os tengo que matar». Una situación que desde esa fecha fue continua hasta el mes de marzo, cuando el acusado al volver a su domicilio golpeó a su esposa en presencia de sus hijos menores.

Ante tal situación, M.D.G.S., atemorizada, decidió abandonar el domicilio junto a sus dos hijos menores, hechos que no denunció por temor a sufrir represalias por parte del acusado.

El día 10 de mayo de 2017 sobre las 3.00 horas, el acusado junto con su padre J.F.F. –también acusado–, se desplazaron hasta el domicilio familiar en el que se encontraba la que fuese su esposa, en Tobarra (Albacete). Fue allí donde J.F.F. comenzó a dar garrotazos a las puertas y ventanas de la vivienda y al vehículo de la mujer, con ánimo de menoscabar la integridad moral y el sentimiento de seguridad de ella, llegando incluso a lanzarle la garrota cuando ésta se asomó a la ventana.

Así, A.F.L. junto a su padre, accedieron al domicilio familiar, quien una vez dentro golpeó algunos objetos, insultó y amenazó a la denunciante, advirtiéndole que como le pasase algo a su hijo la mataría. En ese momento, A.F.L. también aprovechó el momento para amenazar a su pareja.

Petición de ayuda

La denunciante, junto con sus hijos, abandonó el domicilio familiar solicitando ayuda pública. Es el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Albacete quien dictó una orden de protección a favor de M.D.G.S. prohibiendo a A.F.L. aproximarse a ella a una distancia inferior a 500 metros, así como acercarse a su lugar de trabajo o lugar que frecuentase, y prohibiéndole además el comunicarse con ella por cualquier medio.

Cárcel por malos tratos habituales

Es por todo ello por lo que el Fiscal pide para A.F.L. la pena de 3 años de prisión y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 5 años por el delito de malos tratos habituales. Asimismo, se pide un año de prisión y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por 3 años, por el delito continuado de amenazas.

Asimismo, se pide imponer al acusado A.F.L. por cada uno de los delitos, la prohibición de aproximarse a M.D.G.S. en cualquier lugar donde se encuentre a una distancia inferior de 500 metros, así como comunicarse con ella por un tiempo de 5 años.

Mientras, al acusado J.F.F. se le pide una multa de 3 meses, a razón de una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria por el delito leve de amenazas. Además, se pide la prohibición de acercarse a M.D.G.S. a una distancia inferior de 500 y comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de 6 meses.

Más información: