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26 abril 2024
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Sanidad se equivoca y luego rectifica sobre las nuevas medidas en Guadalajara

La tasa de incidencia acumulada en estos 14 días se sitúa en 605,56 casos por 100.000 habitantes, por encima del umbral de alerta establecido en Castilla-La Mancha. REPASA AQUÍ LAS MEDIDAS EN VIGOR.

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La Consejería de Sanidad ha metido el miedo en el cuerpo durante una hora a los hosteleros de Guadalajara, que veían cómo se les prohibía el servicio en barra desde este martes. Así ha sido hasta las 19.25 exactamente, que es cuando se ha distribuido una versión corregida de la resolución de la Consejería, en la que ya no aparecía este punto. Lo que no cambia es que se prorrogan durante 14 días más las medidas especiales adoptadas para frenar la expansión de la COVID-19 en Guadalajara capital.

En las semanas epidemiológicas 39 y 40 (esta última terminaba el 4 de octubre) se han declarado en la capital 520 nuevos casos de Covid-19, concretamente 284 en la semana 39 y 236 casos en la semana 40.

Desde la Junta se destaca que «aunque la razón de tasas de incidencia entre ambas semanas es de 0,83, lo que indica una tendencia descendente, la tasa de incidencia acumulada en estos 14 días se situaría en 605,56 casos por 100.000 habitantes, por encima del umbral de alerta establecido en Castilla-La Mancha».

Ello «hace necesario el mantenimiento de las medidas especiales (nivel 2) decretadas para Guadalajara el pasado 16 de septiembre y prorrogadas con fecha 29 de septiembre» apuntan desde Toledo. Son medidas complementarias a las que ya aplica la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

Disco bar.
Barra de un establecimiento, en tiempos anteriores a las restricciones actuales.

Las barras del sobresalto

Las medidas se basan en «el mantenimiento de distancia interpersonal evitando aglomeraciones y también evitar prácticas de riesgo por ignorar medidas básicas de higiene, protección de las poblaciones vulnerables y promoción del control y educación sanitaria».

La novedad en primera instancia era que quedaba «suprimido el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la ciudad, limitándose el aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad al 50 por ciento del máximo establecido previamente». También se aludía a que «en los establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas». Eso ha quedado suprimido en la segunda comunicación, cuando los lectores de LA CRÓNICA ya habían accedido al contenido de la originaria.

Las medidas definitivas

Entre las medidas a adoptar destaca el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

En el caso de los centros sociosanitarios, se suspenderá cautelarmente la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

 

Hablando a través de la valla de la residencia de Los Olmos, en Guadalajara. (Foto: La Crónic@)
Hablando a través de la valla de la residencia de Los Olmos, en Guadalajara. (Foto: La Crónic@)

Se suspenden las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas y resto de medidas de prevención de posibles contagios).

No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores y centros de similar naturaleza, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con COVID-19 y que el centro se encuentre libre de COVID-19 en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.

Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia en el puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

De otro lado, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

Se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10), mientras que el número de personas en eventos sociales tales como bodas, bautizos o comuniones será de un máximo de 25.

Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol en la vía pública, y en caso de incumplimiento, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes, aumentando el Ayuntamiento la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Se suspenden los eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.

Se establece un aforo máximo del 50 por ciento en cines, teatros y auditorios, y también en bibliotecas, museos y visitas a monumentos.

Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.

Se procede al cierre de piscinas municipales y otras instalaciones de uso recreativo público de este tipo, independientemente de su titularidad.

Supresión de espectáculos taurinos y de mercadillos y mercados al aire libre, y los parques y jardines permanecerán cerrados en el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.

En tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénico- sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Si desde el Ayuntamiento se tuviera conocimiento de locales o actividades que pudieran suponer riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable, y que los encuentros se limiten a un máximo de diez personas incluyendo convivientes.

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